Dentro de los términos financieros que nos causan escalofríos a los colombianos encontramos el de “tasa de usura”, tema del cual trataremos a continuación para mayor claridad de nuestros usuarios y mejor manejo dentro de sus obligaciones crediticias.
¿Qué es la usura?
“Usura” es un término moral y jurídico para denominar el cobro de dinero o de una ganancia de interés excesivo sobre un préstamo, bien material, o servicio.
¿La usura está considerada como delito?
Sí, nuestro Código Penal en su artículo 305 así lo determina al señalar que la persona que reciba o cobre, de forma directa o indirecta, a cambio de un mutuo o préstamo de dinero, por compraventa de bienes o servicios a plazo, un interés que supere la mitad del interés bancario corriente que cobren los bancos en ese periodo, incurre en el delito de usura con prisión y con multas consideradas en salarios mínimos mensuales legales vigentes para el momento de esta operación ilícita.
¿Qué es la tasa de usura?
Señala el Banco de la República que: “La tasa de usura representa el valor máximo de los intereses remuneratorio o moratorios que puede cobrar un organismo a los agentes de la economía y se construye como 1.5 veces el interés bancario corriente por modalidad de crédito.”
Es el límite máximo para el cobro de los intereses de mora y de crédito.
¿Qué es el interés remuneratorio?
Es el que se devuelve y está previamente acordado por un crédito de capital durante un tiempo determinado.
¿Qué es el interés moratorio?
Es la indemnización que corresponde en caso de retraso en el cumplimiento de la obligación, según el término pactado.
¿Quién calcula y certifica la tasa de interés bancario para los tipos de crédito?
Esta función corresponde a la Superintendencia Financiera, lo hace mediante la expedición de una resolución donde señala la tasa de interés bancario corriente para las distintas clases de créditos como son:
- De consumo y ordinario
- Microcréditos
- Consumo de bajo monto
Lo cual se determina según la información financiera y contable que los establecimientos de crédito entreguen, y el cálculo de ellos se hace de forma mensual, trimestral y anual.
¿Cuál es el efecto del incremento de la tasa de usura para los comerciantes y los consumidores?
- Afecta a los usuarios de tarjetas de crédito que ven que sus compras están afectadas por un interés más alto del que pensaron pagar.
- Afecta a los comerciantes que ven cómo disminuye el consumo de sus bienes y servicios a través de este medio de pago.
- El consumidor verá cómo las compras realizadas hace un tiempo y diferidas a muchas cuotas quedarán afectadas con un interés mucho más alto, adquiriendo, por lo mismo, deudas más elevadas que no se planteó al realizar la adquisición.
¿Qué hacer cuando se ve afectado por una tasa de usura superior a la legal?
- Puede quejarse ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), entidad encargada de investigar y sancionar a las personas, empresas o a las entidades que se excedan en el cobro de los intereses.
- Cuando se trata de entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera como lo son los bancos, corporaciones financieras, las AFP y los fondos de cesantías, etc, se interpone la queja ante esta Superintendencia o ante la Superintendencia Solidaria de Colombia.
- Los particulares que han sido víctimas del delito de usura, mediante abogado, pueden solicitar la conversión de la acción penal de pública a privada, tal como lo determina la Ley 1826 de 2017.
- Asimismo, la ley antes señalada, creó un procedimiento especial abreviado que se aplica para el delito de usura, disminuyendo la cantidad de audiencias, lo cual hace más rápido el procedimiento penal.
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