Desde la época romana se configuró una figura jurídica para proteger o amparar a quienes no podían valerse por sí mismos, incluyendo niños y adolescentes, de tal manera que una persona natural podía hacerse cargo de aquellas personas y responsabilizarse de ellas. Allí nació lo que se conoce hoy en día como la denominada tutela. Proviene de la palabra latina que significa “protección”, “amparo”, y busca precisamente representarlos a través de un tutor en la vida diaria y ante las respectivas autoridades del orden nacional, con el fin de velar por sus intereses, darles protección y asistencia.

Estamos acostumbrados a escuchar sobre la acción de Tutela, pero no conocemos de dónde se origina este término, ni que tipos de Tutela hay.

 

Diferencias de la Tutela con la patria potestad y  la curatela

Aunque a simple vista parecen instituciones jurídicas similares, se trata en realidad de conceptos que cumplen objetivos diferentes de acuerdo a su naturaleza, a sus acciones, las funciones que ejecutan y las obligaciones que deben realizar.

En la tutela se debe tener especial atención hacia los menores de edad que son huérfanos o con algún tipo de discapacidad, quienes por sus mismas condiciones deben tener un trato preferencial para su amparo y cobijo. Para ello, se asigna un tutor vía judicial o por testamento quien velará por el cuidado de todos sus quehaceres de la vida ordinaria, incluso de los bienes patrimoniales que pueda poseer.

En tanto,  tal como lo establece el art. 288 del Código Civil Colombiano, la patria potestad es el conjunto de derechos, deberes y responsabilidades que tienen los padres hacia sus hijos menores y que la Ley reconoce con el propósito de salvaguardar sus intereses, bienes y protección hasta cuando sean mayores de edad.

Mientras que la curatela va dirigida a personas mayores o adultas que no pueden valerse por sí mismas. Entre ellas se cuentan personas con discapacidad física o mental o dependientes de algún tipo de sustancias psicoactivas. Un Juez de la República será el encargado de asignar a un responsable directo para el cuidado y atención de esta población en desventaja.

 

Distintos tipos de tutela

Básicamente encontramos tres (3) tipos de tutela, encargado cada uno de tener una responsabilidad y un fin específico de acuerdo a lo estipulado por la Ley:

  • Tutela legítima
  • Tutela testamentaria
  • Tutela dativa

 

Tutela legítima

En caso que los hijos menores o con discapacidad queden desamparados ya sea por abandono o fallecimiento de los padres, la Ley prevé que, mediante pronunciamiento de juez y sin existir testamento, se nombre un tutor quien se encargará de la respectiva custodia.

Para su designación como tutor, se tendrá especial atención a las condiciones del hogar, la situación económica, entorno familiar y aspectos afectivos. Los primeros a 

tener en cuenta o que les corresponde por vía legal son, sin existir un orden de consanguinidad, los hermanos si éstos son mayores o medio hermanos, abuelos, tíos o cualquier pariente, siempre y cuando cumplan con los mínimos requisitos y sea idóneo para ejercer dicha facultad.

 

Tutela testamentaria 

Se hace a través de testamento por parte de los padres quienes designan a un tutor en caso que ellos fallezcan, o que queden incapacitados para ejercer su patria potestad.

Un Juez de la República estudiará y revisará el caso para emitir un fallo ratificando al tutor o realizando las observaciones a que haya lugar.

 

Tutela dativa

Si no se presenta ninguna de las formas de tutela anteriormente enunciadas, un tribunal designará al tutor para que represente al menor de edad, adulto mayor, persona con discapacidad o declarado incapaz por sentencia.

 

Terminación de la tutela

Ésta se puede terminar cuando se da alguna de las siguientes situaciones:

  • Por resolución judicial
  • Por fallecimiento de la persona
  • Por vencimiento de términos si existe alguna cláusula en el testamento
  • Por mayoría de edad
  • Por recuperación de la patria potestad
  • Por adopción
  • Por incapacidad de seguir ejerciendo la representación de tutor. Sin embargo, se nombrará a otro con las respectivas condiciones.

 

 Temas relacionados:

 Diferencias entre Patria Potestad y Custodia

No más interdicción

LEY “MAMA CUENTAS CONMIGO”

El Congreso de la República, recientemente, ha aprobado leyes entre las que se encuentra  el proyecto de ley 158/22S-189/23C “Mamá cuentas conmigo”,  tema de nuestro presente artículo.   ¿Qué plantea la Ley “Mamá cuentas conmigo”? Esta ley plantea entregar un kit...

read more

ESTAFA

Constantemente se escucha por las noticias que alguien ha sido víctima de estafa, o alguien comenta de un caso que conoció, pero ¿qué es la estafa? Este será nuestro tema de hoy.   ¿Qué es la estafa?   El artículo 246 del Código Penal colombiano señala que:...

read more

ALTERNATIVA AL SERVICIO MILITAR

Como se sabe, el servicio militar ya no es obligatorio en nuestro país y para motivar a los jóvenes  a prestar un servicio social, el Gobierno Nacional está implementando una alternativa al servicio militar mediante el llamado Servicio Social para la Paz, tema que...

read more

NUEVA HERRAMIENTA DEL IGAC

El Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) implementó una nueva plataforma digital para facilitar a sus usuarios la radicación de los productos cartográficos generados por terceros, tema del cual trataremos en nuestro artículo a continuación.   ¿Para qué...

read more

VIVIENDA AL ALCANCE DE TODOS

Con la implementación de la Ley 2434 de 2024 “Vivienda al alcance de todos”, a partir del pasado mes de noviembre de 2024, se cambiaron las reglas de juego para las personas que desean adquirir casa propia.   ¿Cuál es el fin principal de la Ley Vivienda al...

read more

PROHIBIR REDES SOCIALES A MENORES DE 16 AÑOS

En días recientes se escuchó hablar sobre el proyecto de ley 261/24S, que ya fue  aprobado en la Comisión Sexta del Senado de Colombia,  y que busca prohibir redes sociales a menores de 16 años, regulando el acceso de los niños y adolescentes a estos servicios y...

read more

MATRIMONIO SIN REGISTRAR

En Colombia, al contraer matrimonio católico o de cualquier otra religión es esencial que se registre o inscriba en el registro civil de nacimiento de cada miembro de la pareja, tal como lo estipula nuestro Código Civil, por lo cual, el tema de nuestro presente...

read more

DERECHOS EN COMPRAS DE BLACK FRIDAY

Los compradores en Colombia se ven atraídos especialmente por las ofertas del llamado Black Friday pero, muchas veces, se sienten decepcionados o defraudados porque el producto no resultó ser lo que ellos creían o presenta desperfectos, por lo que en nuestro artículo...

read more
Asesoría Notarial
1
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Hola,
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Ir al contenido