Desde la época romana se configuró una figura jurídica para proteger o amparar a quienes no podían valerse por sí mismos, incluyendo niños y adolescentes, de tal manera que una persona natural podía hacerse cargo de aquellas personas y responsabilizarse de ellas. Allí nació lo que se conoce hoy en día como la denominada tutela. Proviene de la palabra latina que significa “protección”, “amparo”, y busca precisamente representarlos a través de un tutor en la vida diaria y ante las respectivas autoridades del orden nacional, con el fin de velar por sus intereses, darles protección y asistencia.

Estamos acostumbrados a escuchar sobre la acción de Tutela, pero no conocemos de dónde se origina este término, ni que tipos de Tutela hay.

 

Diferencias de la Tutela con la patria potestad y  la curatela

Aunque a simple vista parecen instituciones jurídicas similares, se trata en realidad de conceptos que cumplen objetivos diferentes de acuerdo a su naturaleza, a sus acciones, las funciones que ejecutan y las obligaciones que deben realizar.

En la tutela se debe tener especial atención hacia los menores de edad que son huérfanos o con algún tipo de discapacidad, quienes por sus mismas condiciones deben tener un trato preferencial para su amparo y cobijo. Para ello, se asigna un tutor vía judicial o por testamento quien velará por el cuidado de todos sus quehaceres de la vida ordinaria, incluso de los bienes patrimoniales que pueda poseer.

En tanto,  tal como lo establece el art. 288 del Código Civil Colombiano, la patria potestad es el conjunto de derechos, deberes y responsabilidades que tienen los padres hacia sus hijos menores y que la Ley reconoce con el propósito de salvaguardar sus intereses, bienes y protección hasta cuando sean mayores de edad.

Mientras que la curatela va dirigida a personas mayores o adultas que no pueden valerse por sí mismas. Entre ellas se cuentan personas con discapacidad física o mental o dependientes de algún tipo de sustancias psicoactivas. Un Juez de la República será el encargado de asignar a un responsable directo para el cuidado y atención de esta población en desventaja.

 

Distintos tipos de tutela

Básicamente encontramos tres (3) tipos de tutela, encargado cada uno de tener una responsabilidad y un fin específico de acuerdo a lo estipulado por la Ley:

  • Tutela legítima
  • Tutela testamentaria
  • Tutela dativa

 

Tutela legítima

En caso que los hijos menores o con discapacidad queden desamparados ya sea por abandono o fallecimiento de los padres, la Ley prevé que, mediante pronunciamiento de juez y sin existir testamento, se nombre un tutor quien se encargará de la respectiva custodia.

Para su designación como tutor, se tendrá especial atención a las condiciones del hogar, la situación económica, entorno familiar y aspectos afectivos. Los primeros a 

tener en cuenta o que les corresponde por vía legal son, sin existir un orden de consanguinidad, los hermanos si éstos son mayores o medio hermanos, abuelos, tíos o cualquier pariente, siempre y cuando cumplan con los mínimos requisitos y sea idóneo para ejercer dicha facultad.

 

Tutela testamentaria 

Se hace a través de testamento por parte de los padres quienes designan a un tutor en caso que ellos fallezcan, o que queden incapacitados para ejercer su patria potestad.

Un Juez de la República estudiará y revisará el caso para emitir un fallo ratificando al tutor o realizando las observaciones a que haya lugar.

 

Tutela dativa

Si no se presenta ninguna de las formas de tutela anteriormente enunciadas, un tribunal designará al tutor para que represente al menor de edad, adulto mayor, persona con discapacidad o declarado incapaz por sentencia.

 

Terminación de la tutela

Ésta se puede terminar cuando se da alguna de las siguientes situaciones:

  • Por resolución judicial
  • Por fallecimiento de la persona
  • Por vencimiento de términos si existe alguna cláusula en el testamento
  • Por mayoría de edad
  • Por recuperación de la patria potestad
  • Por adopción
  • Por incapacidad de seguir ejerciendo la representación de tutor. Sin embargo, se nombrará a otro con las respectivas condiciones.

 

 Temas relacionados:

 Diferencias entre Patria Potestad y Custodia

No más interdicción

CESANTIA COMERCIAL

En un artículo anterior vimos lo que es un contrato de agencia comercial, las partes que intervienen en él, sus elementos característicos.   Hoy trataremos el tema de la cesantía comercial o cesantía mercantil.   ¿Qué es un contrato de agencia comercial?  ...

read more

CARTA DE CREDITO

CARTA DE CREDITO Dentro del área del derecho comercial hemos ido tratando distintos temas que pueden ser del interés de nuestros usuarios, por ello, hoy hablaremos sobre la Carta de Crédito o crédito documentario.   ¿Qué es una carta de crédito?   “La carta...

read more

ESTATUTO DE VALORIZACION

Recientemente,  El Concejo de Bogotá dio paso al nuevo acuerdo que  trae, a su vez,  nuevas reglas para  el pago de las obras de valorización, lo cual será de gran acogida para los ciudadanos, pues el Estatuto anterior  (Acuerdo 7 de 1987) cumplió 36 años sin...

read more

PARQUEADEROS DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL

Hemos tratado ampliamente el régimen de la Propiedad Horizontal, cómo constituirla, cuáles son los bienes comunes, cómo deben realizarse sus asambleas de Copropietarios, entre otros más.   Hoy nos referiremos a los parqueaderos de la propiedad horizontal, pues es un...

read more

CONSTITUCION DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL

Tal como lo señaló la Corte Constitucional, el régimen de propiedad horizontal nació luego de lo ocurrido el 9 de abril de 1948, el Bogotazo, fecha en la que fue asesinado el líder liberal Jorge Eliécer Gaitán; se expidió el Decreto 1286 de 1948, como una necesidad...

read more

REGISTRO CIVIL POR INTERNET

Como hemos señalado en artículos anteriores, el registro civil es un documento público fundamental en nuestras vidas pues en éste se recopila la información de nacimiento, de matrimonio, de defunción y es esencial para la realización de determinados trámites y actos...

read more

SABER HACER VALE

Dentro de las iniciativas del gobierno nacional se abrieron inscripciones para el programa Saber Hacer Vale, el cual explicaremos a continuación.   ¿Qué es Saber Hacer Vale? Saber Hacer Vale “Es una iniciativa liderada por el Ministerio del Trabajo que certifica...

read more

ARRENDAMIENTO SIN CODEUDOR

Uno de los mayores inconvenientes a la hora de firmar un contrato de arrendamiento es la solicitud  que hace el arrendador al arrendatario de un fiador o codeudor que le sirva de garantía en caso de incumplimiento, pero, recientemente, las empresas de seguros han...

read more

AUXILIO FUNERARIO

El fallecimiento de una persona, como es de suponerse, causa mucha tristeza en sus familiares,  asimismo, de no contar con un seguro exequial  esto se convierte en un gasto económico muy alto; afortunadamente, hoy en día, hay varios medios a través de los cuales se...

read more
Asesoría Notarial
1
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Hola,
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Ir al contenido