Hemos manifestado en anteriores ocasiones que los títulos valores son muy usados en las relaciones comerciales para posibilitar la circulación de créditos y garantizar derechos y obligaciones entre las partes de un contrato, hoy nos referiremos a los títulos valores en blanco.
¿Qué son los títulos valores en blanco?
Ha manifestado la Corte Constitucional en Sentencia T-968/11, que: “Los títulos valores ejercen una función básicamente económica, son la prueba o constancia de las obligaciones. Ellos permiten al acreedor accionar directamente a través de un proceso de ejecución y coercitivo obligan al deudor a pagar, sin necesidad de acudir a la vía judicial por un proceso declarativo a través del cual se establezca el vínculo del deudor.”
Los títulos valores en blanco nacen cuando el creador del título no diligencia todos sus campos o valores, por ej., al firmar la matrícula del estudiante de un colegio privado nos hacen firmar un pagaré donde se deja en blanco la fecha de vencimiento, o al adquirir una tarjeta de crédito donde el banco se asegura, a través de un pagaré en blanco, poder ejecutar al cliente moroso.
¿Cuáles son los requisitos de los títulos valores en blanco?
- Que contenga la firma del creador.
- Que exista una carta de instrucciones.
- Que se llenen los espacios en blanco de acuerdo a la carta de instrucciones.
Es importante que se cumplan los 3 requisitos para que el título valor tenga validez y preste mérito ejecutivo, artículo 622 del Código de Comercio.
¿Qué sucede cuando el título en blanco es negociado, después de diligenciado, en forma contraria a la carta de instrucciones a favor de un tenedor de buena fe exenta de culpa?
En este caso, si un título valor en blanco es negocio luego de diligenciado y en forma contraria a la carta de instrucciones, a favor de un tenedor de buena y exenta de culpa, será válido para éste y lo podrá hacer valer como si se hubiera diligenciado según la carta de instrucciones.
¿Cómo circula un derecho de crédito respaldado con un pagaré en blanco?
- Con el endoso del pagaré en blanco.
- Con la cesión del derecho de crédito y la notificación al deudor, artículo 1959 del Código Civil.
¿Es lo mismo un título valor en blanco que un título valor con espacios en blanco?
No, no es igual un título valor en blanco a un título valor con espacios en blanco por cuanto el título valor en blanco es una hoja en blanco en la que se deja la firma y el firmante se lo entrega al beneficiario, con el fin de que se constituya en un título valor; en tanto que el título valor con espacios en blanco es aquel donde se han dejado algunos espacios en blanco.
¿Qué es la carta de instrucciones para diligenciar el título valor en blanco?
La ley exige que para diligenciar el título valor en blanco haya una carta de instrucciones, inciso primero del artículo 622 del Código de Comercio, deben ser unas instrucciones claras para evitar fraudes.
¿Qué títulos valores se pueden crear en blanco?
- Cheques
- Facturas cambiarias
- Letras de cambio
- Pagarés
Los bancos son las entidades que más hacen uso de los pagarés en blanco, lo cual causa una sensación de inseguridad en el cliente al no saber, exactamente, cómo será diligenciado y tratado ese título valor.
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