Contrato de obra o labor y los trabajadores de especial protección.

Se debe identificar a un trabajador de especial protección, estos son: mujeres embarazadas, personas con limitación física, sensorial o psíquica, ahora bien, estas personas tendrán resguardo en una figura jurídica denominada estabilidad laboral reforzada, la cual consiste en proteger a los trabajadores con ciertas limitaciones previstas en la ley y que los colocan en debilidad manifiesta frente al empleador, es decir, no pueden ser laboralmente discriminados por una condición física o de salud, impidiendo que su empleador pueda despedirlos sin una causa justa y objetiva.

Aun cuando exista una causa justa y objetiva, el empleador no puede despedir a un trabajador de especial protección sin antes tener una autorización del ministerio del trabajo, por lo tanto, éste debe asistir a dicho organismo y plantear los motivos por los cuales desea ejecutar el despido y será la instancia laboral quien determinara si procede o no, pero si no se sigue el procedimiento de ley el despido se tornara ilegal y por consiguiente se debe indemnizar al trabajador con su posterior reintegro a la labor que venía desempeñando.

Cabe acotar, aunque el procedimiento normal es recurrir a un procedimiento laboral ordinario, según un extracto de la Corte constitucional en sentencia T-661 del 2006 se señala lo siguiente: “…en los casos de personas protegidas por la estabilidad laboral reforzada no existe dentro de los procesos ordinarios un mecanismo preferente y sumario para que opere el restablecimiento de sus derechos como trabajadores. Por lo tanto, la jurisprudencia constitucional considera que la acción de tutela es procedente para ordenar el reintegro al trabajo (…) de los trabajadores con limitaciones físicas, sensoriales o psíquicas, despedidos sin autorización de la oficina del trabajo así mediare una indemnización.”

Por ende, el trabajador debe solicitar una acción de tutela para lograr conseguir el reintegro a su trabajo, sin embargo, el trabajador con estabilidad laboral reforzada que sea despedido con la autorización respectiva, aún puede dirigirse a la justicia laboral para reclamar los derechos que crea se le han vulnerado.

Aplicando la información arriba expresada al plano de los contratos obra o labor, tenemos dos opiniones diferentes, haciendo mención de ellas mediante extractos de sentencias:

  1. Corte Constitucional, sentencia T-226/12: “…la estabilidad laboral reforzada ha sido un tema de relevancia constitucional y su fin es asegurar que el trabajador en situación de debilidad manifiesta no esté expuesto en forma permanente a perder su trabajo poniendo en riesgo su propio sustento y el de su familia, por ello el término pactado para la duración de la labor contratada pierde toda su importancia cuando es utilizado como causa legítima por el empleador para ocultar su posición dominante y arbitraria en la relación laboral ejerciendo actos discriminatorios contra personas particularmente vulnerables y en condiciones de debilidad manifiesta. Tal deber constitucional limita o restringe la autonomía empresarial y privada imponiendo, cargas solidarias de garantizar la permanencia no indefinida pero si acorde con la situación de debilidad sufrida por el trabajador.”
  2. Corte Constitucional, sentencia 69399 (SL3520 -2 018) de 2018: “De acuerdo con las anteriores consideraciones, es dable señalar en relación con los contratos por duración de la obra o labor contratada, que el cumplimiento de su objeto es una razón objetiva de terminación del vínculo laboral. En efecto, la culminación de la obra o la ejecución de las tareas o labores acordadas agotan el objeto del contrato, de tal manera que desde este momento, la materia de trabajo deja de subsistir y, por consiguiente, mal podría predicarse una estabilidad laboral frente a un trabajo inexistente.”

La primera sentencia defiende la prohibición de despedir al trabajador aun cuando haya culminado la obra o labor para la cual fue contratado, en cambio la segunda sentencia (de más reciente data), sostiene que si el contrato se termina y la empresa no tiene otro contrato, materialmente es imposible reubicar al trabajador, pues el objeto del contrato ha desaparecido, por consiguiente se puede dar por terminada la relación laboral, no obstante la incapacidad manifiesta.

CONTRATO DE SEGURO

La gran mayoría de personas hemos tenido algún contrato de seguro como de accidentes personales, de vehículo, de vida, el SOAT, exequial, entre otros más, por lo que en nuestro tema de hoy haremos un resumen de lo que es este seguro, los riesgos a asegurar, etc. ¿Qué...

read more

FALSEDAD EN DOCUMENTOS PUBLICOS

Continuando con el tema de la falsedad documental, hoy nos referiremos a la falsedad en documentos públicos señalando el momento en que se produce la falsedad y se constituye en delito, entre otros aspectos más.   ¿Cuándo se produce la falsedad en un documento...

read more

FALSEDAD EN DOCUMENTOS PRIVADOS

Hoy trataremos un tema que nos parece adecuado para tratar, pues en el área notarial se trabaja con contratos y documentos de distintas clases que producen efectos jurídicos, por lo cual, falsificar alguno es un delito que la ley penal castiga hasta con 9 años de...

read more

ESTUDIO DE TITULOS

ESTUDIO DE TITULOS Hemos escuchado el término “estudio de títulos” en entidades financieras, en inmobiliarias, en notarías, pero algunas personas no saben a ciencia cierta en qué consiste y cuál es la finalidad de este estudio, por lo cual lo hemos elegido como...

read more

LA PLUSVALIA

LA PLUSVALIA Hay términos que escuchamos y, a pesar que nos resultan familiares,  no tenemos idea de su significado, uno de ellos es el de la plusvalía, tema al cual le dedicaremos este artículo. ¿Qué es la plusvalía?   “La Plusvalía es el incremento en el valor...

read more

LA EXPROPIACION

Algunas personas no tienen claro el concepto de la expropiación, o tienen nociones básicas sobre éste, por lo que hoy dedicaremos nuestro artículo a hacer un breve resumen de lo que es, de sus requisitos y más. ¿Qué es la expropiación? “La expropiación es un fenómeno...

read more

REFORMA DE ESTATUTOS

Los estatutos de una sociedad son como su columna vertebral, en ellos se señala su objeto social,  todas las directrices para el manejo de la empresa, los derechos y obligaciones de los socios, entre otros aspectos más, hoy nos referiremos a la reforma de estos...

read more

ACTOS Y HECHOS SUJETOS A REGISTRO

Hemos tratado  sobre algunos temas de interés notarial para los usuarios, pero no hemos dedicado un espacio en nuestro blog para referirnos a los actos y a los hechos que están sujetos a registro, por lo que en el presente artículo nos dedicaremos a ello.    ¿Qué...

read more

VENTA DE COSA AJENA

A la mayoría de personas les debe parecer muy raro que nuestro ordenamiento legal considere la eventualidad de la venta de cosa ajena, tema que examinaremos a continuación. ¿Es válido vender una cosa ajena? Al respecto, el artículo 1871 del Código Civil señala que:...

read more

PRELACION DE CREDITOS

Aunque no lo tengamos claro, las deudas y obligaciones adquiridas por las personas naturales y jurídicas se encuentran ordenadas por la ley en una jerarquía de acuerdo a la prelación, importancia, que cada una tiene  cuando se presenta un embargo sobre el deudor,...

read more
Asesoría Notarial
1
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Hola,
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Ir al contenido