El procedimiento y los requerimientos para la adopción no son engorrosos pero sí largo dado los documentos o trámites que han de surtirse para llegar, en últimas, a la sentencia por parte del juez de familia donde declara que el niño, niña o adolescente es formalmente aceptado como hijo adoptado y, por tanto, adquiere, desde ese momento, deberes, derechos y obligaciones al igual que los mismo privilegios o condiciones que un hijo por consanguinidad.
¿Cuáles son los requisitos básicos para la persona que desea adoptar?
La o las personas que quieran adoptar y recibir a un niño, menor o adolescente en su hogar deben reunir ciertas aptitudes como:
- Ser totalmente capaz
- Tener 15 años más que el menor, niño o adolescente adoptable
- Ser mayor de 25 años
- Idoneidad física
- Idoneidad mental
- Idoneidad moral
- Idoneidad física y social
¿Qué entidad es la encargada de evaluar estas capacidades o aptitudes?
En Colombia, el Instituto Colombiano d Bienestar Familiar – ICBF, según la Ley 1098 de 2006
¿Cuáles son los procedimientos para adoptar un menor?
- Etapa Administrativa
- Etapa judicial
- Etapa de seguimiento
¿Quiénes pueden adoptar en Colombia?
- La pareja de cónyuges
- Personas solteras mayores de 25 años.
- Compañeros permanentes que demuestren convivencia permanente por más de dos años.
- Personas colombianas o extranjeras
¿Cuál es el trámite para adoptar?
- Presentación física: El primer paso a seguir es presentarse directamente a una de las sedes del ICBF o instituciones privadas (https://www.icbf.gov.co/adopciones/instituciones-organismos/colombia) u organismos acreditados en Colombia y el exterior https://www.icbf.gov.co/adopciones/instituciones-organismos/internacionales
autorizados para llevar a cabo el proceso de adopción.
- Agenda de cita: o charla legal informativa en donde se expondrán inicialmente las incidencias, consecuencias, derechos, deberes y obligaciones de la adopción. Esta agenda se puede realizar vía online en la siguiente página https://sim.icbf.gov.co/SEACOnline/Page/SEACOnline/AgendamientoCharlaLegal/List.aspx
- Posteriormente, se dará inicio al trámite como tal con la radicación de los documentos de los solicitantes que residan en el país, el defensor de familia hará el análisis a los documentos; si los solicitantes son aceptados tendrán que prepararse para ser padres adoptivos a través de la asistencia a un número de talleres que depende de si son adoptantes por primera vez o si ya han adoptado en ocasiones anteriores.
- Se les evalúa la idoneidad para adoptar, se les realizan entrevistas y se les hacen visitas domiciliarias.
- Finalmente, de ser aceptados, se les asigna un niño o adolescente dando respuesta de esto a los padres adoptantes, se prepara al niño para el encuentro con la familia, se da el encuentro, se verifica que se integren dando una constancia de esto y se entregan los documentos al apoderado para el respectivo trámite judicial.
Juez de familia:
Este último paso precisa de abogado para presentar el proceso de adopción en donde el juez de familia corrobora los documentos presentados de las evaluaciones realizadas por las entidades autorizadas, más los requisitos de Ley para adoptar por parte de los adoptantes y si todo está en orden se declarará que el niño, niña o adolescente es legalmente hijo adoptado y se impartirán las órdenes respectivas para su formalización ante la sociedad.
Etapa de seguimiento:
Una vez se concluya el procedimiento judicial y sea entregado el hijo adoptado a su nueva familia, los funcionarios de las entidades u organismos autorizados realizarán visitas periódicas para constatar que el niño, niña o adolescente se encuentra en un ambiente idóneo tanto físico, mental, moral y social.
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