La simulación de contrato es una figura utilizada por algunas personas para establecer una compraventa ficticia, se realizan “contratos de confianza” con la idea de insolventarse y evitar procesos ejecutivos que ordenen embargos, remates, etc.; o simplemente fingir que se tiene un bien cuando en realidad no es así. Lo que muchos no saben es que estos contratos tienen implicaciones legales al considerarse como una maniobra fraudulenta por más de que hayan sido realizados con familiares o entre mejores amigos.

Existen dos tipos de simulaciones:

  • Absoluta: (ej.) “Andrés tiene un apartamento al norte de la ciudad, pero hace un tiempo está sin trabajo y no ha tenido como pagar sus deudas al banco. Andrés decide venderle el apartamento a su mamá Rosa para que ella quede como propietaria y la propiedad no sea embargada. Llenan los papeles ante la notaría, firman el contrato y pactan el precio junto con la fecha de entrega pero en realidad Andrés no tiene la intención de darle el apartamento a Rosa, ni Rosa tiene intención de pagarle a Andrés la suma acordada porque no le interesa el apartamento.” Partiendo de este ejemplo, entendemos que la simulación absoluta se refiere a la acción de plasmar en un papel un acuerdo de compra y venta sin que ni el vendedor ni el comprador tengan intenciones de efectuar el contrato.
  • Relativa: (ej.) “Marcela quiere vender su carro a David, la venta se realizará por $13’200.000, pero para evitar el pago de impuestos y gastos notariales más altos, ambos acuerdan hacer el contrato por sólo $8’000.000.” En este caso la venta es real y en ambos existe la voluntad de hacer efectivo el contrato, sin embargo la información en el contrato y la escritura de compraventa no es del todo cierta, ya que se incluye en el documento valores falsos.

Las acciones legales contra estos procesos de simulación, son llevadas a cabo generalmente por personas a quienes esas acciones perjudica de algún modo. Por ejemplo, si su mamá decide hacer un contracto ficticio de compraventa solo con su hermano, para que él se quede con la propiedad cuando ella muera sin tener que dividirla ni hacer sucesiones, usted se vería perjudicado(a) con la figura y podría demandar a su hermano porque tiene pruebas que den fe de que aquel contrato no pudo haberse llevado a cabo.

Es importante que tenga en cuenta que todos los procesos legales y judiciales tienen prescripciones y dichas prescripciones cuentan con un tiempo determinado de saneamiento.

No hay una norma que defina el término de prescripción para la simulación de contrato, sin embargo como se trata de un acto ligado a la mala fe, sería imposible otorgar beneficios a los responsables al querer defraudar a un tercero. Por ello, se establece la norma de Prescripción Ordinaria la cual va hasta los 10 años; aquello significa que si pasan 10 años desde que se lleva a cabo el contrato simulado, y usted no decide demandar o no realiza los procesos pertinentes, ya no puede alegar por la propiedad ni su derecho sobre ella.

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